El concejal de Bienestar Social asegura que con estas ayudas lo que se pretende es posibilitar el acceso a la vivienda o evitar su pérdida a las personas que se encuentren en situaciones vulnerables
Las personas que precisen de la ayuda, deben dirigirse del 15 al 25 de octubre de 2019 al Centro Social Plá de San Josep
A través de ayudas económicas se permitirá a las personas beneficiarias que las rentas del alquiler no supongan un esfuerzo económico mayor del 25% de los ingresos familiares.
El Ayuntamiento de Elche, a través de la Concejalía de Igualdad, Derechos Sociales y Políticas Inclusivas, ha solicitado la admisión como entidad colaboradora para tramitar las ayudas del pago del alquiler para personas con urgente necesidad de vivienda. “Estas ayudas tienen como objetivo posibilitar el acceso a la vivienda o evitar la pérdida de la misma en situaciones de vulnerabilidad”, así lo ha informado esta mañana en rueda de prensa el concejal de Bienestar Social, Mariano Valera. Los interesados deben dirigirse al Centro Social Plá de San Josep donde se les facilitará toda la información necesaria y los documentos que tienen que presentar en la Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC) del 15 al 31 de octubre de 2019.
A través de ayudas económicas se permitirá a las personas beneficiarias que las rentas del alquiler no supongan un esfuerzo económico mayor del 25% de los ingresos familiares.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas o unidades de convivencia cuando todos sus miembros cumplan requisitos como estar empadronados en la Comunitat Valenciana, ser titular, en calidad de arrendatario, que ningún miembro de la unidad de convivencia posea la titularidad sobre otra vivienda que les permita disponer del pleno uso de una vivienda estable y habitable, entre otras medidas.
La Conselleria, tras recibir la solicitud de la subvención por parte del ayuntamiento, subvencionará doce meses correspondientes al año 2019 en el caso de que valore positivamente la concesión de la ayuda.
Se subvencionará en dos fases, cada 6 meses. Una vez abonado el primer pago, debe justificarse previamente que se han pagado los alquileres subvencionados, y que el contrato sigue vigente, para poder recibir el segundo pago. La solicitud de estas ayudas es incompatible con otras ayudas de alquiler públicas, como el complemento de alquiler de la Renta Valenciana de Inclusión u otros programas o ayudas de la Conselleria de Vivienda.